CAMBIO CLIMÁTICO, IMPUESTOS EXTRA FISCALES
Si aceptamos la existencia de un cambio climático cuya causa sería
la excesiva explotación de los recursos naturales, la imposición de una tasa al
uso de los mismos pondría fin a su presente uso gratuito.
El reciente artículo de título homónimo del servicio de
noticias ecológicas “ecoticias.com” (1)
analiza una forma de evitar la actual no
inclusión de las llamadas externalidades en el costo de un producto. Es decir,
el costo de aquellos recursos naturales considerados gratuitos e inacabables
como el agua, el aire, el suelo, la abundancia de recursos minerales, etc. La forma sugerida por el artículo es la
imposición de tributos a su uso indiscriminado.
Si el aire es polucionado por una actividad industrial, si los
cursos de agua son contaminados con los desechos de esa actividad, si los
suelos son erosionados o modificados en su estructura edáfica por excesiva
explotación agrícola, si los recursos mineros son agotados sin producir
beneficios a la comunidad, retrotraer el ambiente a su situación original tendrá
un costo que no puede ser ignorado en la ecuación económica de la actividad.
Dice el artículo citado : “Los modelos económicos que estimulan la explotación desenfrenada de los
recursos naturales sin ninguna preocupación por sus consecuencias han causado
serios fenómenos de transformación del medio ambiente, especialmente en
relación con el cambio climático y la pérdida de la biodiversidad.
Continúa
sugiriendo la conveniencia de, “…la utilización de todas las políticas públicas a favor de
la restauración del equilibrio ecológico y el desarrollo sostenible … En el mundo
moderno, sin embargo, el impuesto es ampliamente utilizado con el fin de
interferir en la economía privada, estimulando actividades, sectores o regiones
económicas, desalentando el consumo de ciertos bienes y, finalmente, la
producción de los más diversos efectos sobre la economía. Esta función moderna
de los impuestos se llama la función extra fiscal".
Para
enfrentar al problema del uso y abuso gratuito de los recursos naturales con
consecuencias ambientales el artículo ofrece la posibilidad de apelar a la
función extrafiscal del impuesto. Y para ello hace dos propuestas:
“Primero,
implementar una política fiscal ecológica que prime las actividades económicas
que influyan positivamente en el medio ambiente y graven con mayor carga
fiscal, o cualquier otra forma de compensación, las que causan daños al
ecosistema”.
“Segundo, las
políticas de gastos públicos y de incentivos fiscales deben ser coordinadas y
trabajar de manera complementaria para preservar el medio ambiente. Estas deben
utilizar las políticas de gastos públicos y de incentivos fiscales en armonía y
no entrar en conflicto entre sí para actuar sobre el medio ambiente.
Actividades económicas depredadoras y que pueden dañar el ecosistema no
pueden ser desarrolladas con recortes de impuestos y sin que la sociedad
reciba una compensación equitativa por la explotación de estos recursos
naturales”
Muy claro el concepto, aunque muy difícil de aplicar, ya que
es enormemente complejo mensurar la potencialidad económica del daño ecológico
y determinar la mencionada compensación equitativa.
Sin embargo, la realidad es que ya sea aceptando la ocurrencia
del cambio climático como hacía el gobierno de Barak Obama, o denostándola como
intenta hacer el presidente Trump, el uso y abuso de los recursos no renovables
aparentemente gratuitos debe merecer una compensación equitativa.
(1) Impuestos contra el cambio climático, enviado por: ecoticias.com /
red / agencias fecha de publicación: 08/03/2017) Fuente: Eco América
http://www.ecoticias.com/eco-america/133444/Impuestos-contra-el-cambio-climatico
http://www.ecoticias.com/eco-america/133444/Impuestos-contra-el-cambio-climatico
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