CAMBIO CLIMÁTICO, IMPUESTOS EXTRA FISCALES

Si aceptamos la existencia de un cambio climático cuya causa sería la excesiva explotación de los recursos naturales, la imposición de una tasa al uso de los mismos pondría fin a su presente uso gratuito.
El reciente artículo de título homónimo del servicio de noticias ecológicas “ecoticias.com” (1) analiza una forma de evitar  la actual no inclusión de las llamadas externalidades en el costo de un producto. Es decir, el costo de aquellos recursos naturales considerados gratuitos e inacabables como el agua, el aire, el suelo, la abundancia de recursos minerales,  etc. La forma sugerida por el artículo es la imposición de tributos a su uso indiscriminado.
Si el aire es polucionado por una actividad industrial, si los cursos de agua son contaminados con los desechos de esa actividad, si los suelos son erosionados o modificados en su estructura edáfica por excesiva explotación agrícola, si los recursos mineros son agotados sin producir beneficios a la comunidad, retrotraer el ambiente a su situación original tendrá un costo que no puede ser ignorado en la ecuación económica de la actividad.
Dice el artículo citado : “Los modelos económicos que estimulan la explotación desenfrenada de los recursos naturales sin ninguna preocupación por sus consecuencias han causado serios fenómenos de transformación del medio ambiente, especialmente en relación con el cambio climático y la pérdida de la biodiversidad.
Continúa sugiriendo la conveniencia de, “…la utilización de todas las políticas públicas a favor de la restauración del equilibrio ecológico y el desarrollo sostenible … En el mundo moderno, sin embargo, el impuesto es ampliamente utilizado con el fin de interferir en la economía privada, estimulando actividades, sectores o regiones económicas, desalentando el consumo de ciertos bienes y, finalmente, la producción de los más diversos efectos sobre la economía. Esta función moderna de los impuestos se llama la función extra fiscal".
Para enfrentar al problema del uso y abuso gratuito de los recursos naturales con consecuencias ambientales el artículo ofrece la posibilidad de apelar a la función extrafiscal del impuesto. Y para ello hace dos propuestas:
Primero, implementar una política fiscal ecológica que prime las actividades económicas que influyan positivamente en el medio ambiente y graven con mayor carga fiscal, o cualquier otra forma de compensación, las que causan daños al ecosistema”.
Segundo, las políticas de gastos públicos y de incentivos fiscales deben ser coordinadas y trabajar de manera complementaria para preservar el medio ambiente. Estas deben utilizar las políticas de gastos públicos y de incentivos fiscales en armonía y no entrar en conflicto entre sí para actuar sobre el medio ambiente. Actividades económicas depredadoras y que pueden dañar el ecosistema no pueden ser desarrolladas con recortes de impuestos y sin que la sociedad reciba una compensación equitativa por la explotación de estos recursos naturales”
Muy claro el concepto, aunque muy difícil de aplicar, ya que es enormemente complejo mensurar la potencialidad económica del daño ecológico y determinar la mencionada compensación equitativa.
Sin embargo, la realidad es que ya sea aceptando la ocurrencia del cambio climático como hacía el gobierno de Barak Obama, o denostándola como intenta hacer el presidente Trump, el uso y abuso de los recursos no renovables aparentemente gratuitos debe merecer una compensación equitativa.

(1) Impuestos contra el cambio climático, enviado por: ecoticias.com / red / agencias fecha de publicación: 08/03/2017) Fuente: Eco América
http://www.ecoticias.com/eco-america/133444/Impuestos-contra-el-cambio-climatico

Comentarios